martes, 8 de abril de 2014

EMPIEZAN LAS ELECCIONES EN EL FÚTBOL

(DAROTI).- Mediante Resolución 003-FPF-2014 y considerando los Artículos 41 y 43 de la Ley 28036 - Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, que determinan la existencia de Ligas a nivel Distrital, Provincial, Departamental y Federativa, y la obligatoriedad de que sus Asambleas de Bases, elijan a los miembros de sus Juntas Directivas, se está convocando a Elecciones de las Juntas Directivas para el periodo del mes de octubre 2014 al mes de octubre del 2018, las mismas que deberán realizarse del 01 de abril al 31 de agosto del 2014.
En tal sentido, la LIDEFA está citando a los presidentes provinciales a una reunión informativa, que se desarrollará este sábado 12 desde las 10 de la mañana en el auditorio de la misma federación.
La mencionada resolución en su Artículo 3 señala que para ser elegido dirigente de una Liga Distrital, Provincial o Departamental, se requiere: 
a) ser peruano, b) ser mayor de 25 años, c) residir en el lugar durante su mandato, d) haber ejercido el cargo de una institución de Base (Directivo o Delegado) por el lapso mínimo de tres años a nivel de Bases o dos años a nivel nacional, conforme lo señala el Estatuto de la Federación Peruana de Fútbol, e) haber participado activamente en el calendario deportivo del año 2013 y 2014, f) Adicionalmente, para ser elegido Presidente de la Junta Directiva correspondiente, se requiere ejercer o haber ejercido la dirigencia por el lapso de seis años a nivel de Bases o tres años a nivel nacional o haber ejercido el cargo de Presidente de la respectiva Junta Directiva por un periodo no menor a un año, g) Los dirigentes que ocupan cargos en las actuales Juntas Directivas, podrán ser reelegidos, h) igualmente no deben de haber tenido ninguna sanción disciplinaria por los órganos competentes de la FIFA , CONMEBOL Y FPF, en los cuatro (04) años anteriores a la Elección.
De acuerdo al Artículo 9 los Clubes Deportivos con derecho a voto, ejercerán su derecho de elección a través de sus respectivos Presidentes y, a falta de estos, a través de sus Vicepresidentes, debidamente inscritos en su respectiva Liga al 31 de diciembre de 2103.
El cargo de Presidente o Vicepresidente, es personal e indelegable. 
Ningún Club Deportivo, podrá tener más de una persona con derecho a voto.
Para ejercer el derecho a votar se requiere que el Club Deportivo, se encuentre inscrito en el Registro Deportivo, sin necesitar más constancia que la Resolución de Inscripción.

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